Regímenes de origen
Autocertificación de Origen en Argentina: Mayor Agilidad, Nuevas Responsabilidades y la Clave del Compliance Preventivo
5 de octubre de 2026

Por el equipo de Comercio Exterior y Aduanas de IB Agency
El régimen de origen en el comercio exterior argentino ha dado un salto cualitativo hacia la facilitación comercial. Con la entrada en vigencia de la Resolución 247/2026 (en concordancia con el nuevo Régimen de Origen del MERCOSUR aprobado por la Decisión CMC N.º 5/2023), las empresas exportadoras cuentan con la posibilidad de emitir su propia Declaración de Origen digital para operaciones intrazona (ACE 18), prescindiendo de la intermediación de entidades gremiales empresarias.
Si bien esta modalidad dinamiza los despachos y suprime costos arancelarios de tramitación, traslada íntegramente la carga probatoria y la responsabilidad legal y fiscal sobre las espaldas del exportador.
Las Novedades Clave del Nuevo Esquema
La flamante normativa habilita una alternativa voluntaria frente al Certificado de Origen tradicional (papel o COD ALADI emitido por cámaras comerciales):
Gestión 100% digital vía TAD: La declaración se genera y suscribe directamente en la plataforma oficial de Trámites a Distancia mediante firma electrónica o digital (Ley 25.506), con operatividad consolidada desde el 26 de septiembre de 2026.
Sin control previo formal: Se elimina el filtro previo que realizaban las entidades habilitadas; la declaración jurada cobra validez inmediata para la aduana de destino.
Plazos y vigencia: Debe emitirse dentro de los 180 días corridos contados a partir de la factura comercial y cuenta con una vigencia de 12 meses.
Archivo documental obligatorio por 5 años: El exportador queda legalmente obligado a resguardar la matriz de costos, hojas de proceso, facturas de insumos y contratos de producción durante un lustro.
Rechazo de la Prueba de Origen bajo el Nuevo ROM: Cortos Plazos y Contingencias Críticas
Uno de los aspectos más sensibles introducidos por el nuevo Régimen de Origen del MERCOSUR (ROM) es el tratamiento explícito del rechazo de la prueba de origen ante inconsistencias o vicios formales y materiales (conforme a los instructivos de control aduanero del Apéndice VIII de la Decisión CMC N.º 5/2023).
Cuando la administración aduanera del país de destino detecta inconsistencias o errores que impiden aceptar la declaración:
Plazo perentorio de 30 días corridos: El importador es formalmente notificado del rechazo y dispone de una ventana de apenas treinta (30) días para subsanar o presentar una nueva prueba de origen válida y ajustada al ROM.
Tratamiento arancelario de extrazona: Si el exportador no logra rectificar el documento o remitir el reemplazo en tiempo y forma, la aduana de destino deniega el trato preferencial y liquida el arancel pleno de extrazona (AEC), además de tributos conexos e intereses.
Afectación de garantías y costos financieros: Para retirar la mercadería mientras corre el plazo, el cliente importador suele verse obligado a constituir costosas pólizas de caución o garantías bancarias aduaneras.
Efecto dominó comercial y contractual: La frustración de la preferencia no solo genera rispideces comerciales inmediatas con el comprador internacional, sino que activa penalidades contractuales, reclamos por sobrecostos tributarios y la eventual pérdida de cuentas en el exterior.
El Nuevo Escenario de Fiscalización: Estricta Intensificación del Control Ex-Post
La eliminación de los filtros ex-ante tiene una contracara que ningún exportador debe subestimar: la estricta intensificación del control ex-post por parte de las administraciones aduaneras del bloque (ARCA/Aduana en Argentina, Receita Federal en Brasil, DNA en Uruguay y DNA en Paraguay).
Emitir una Declaración de Origen con fallas en la determinación de la regla (salto de partida arancelaria, porcentaje máximo de insumos importados o valor FOB/CIF) o con inconsistencias probatorias acarrea serias consecuencias:
Sanciones administrativas severas: Suspensiones de hasta 18 meses e inhabilitaciones de hasta 5 años para operar bajo la modalidad de autocertificación.
Determinaciones tributarias retroactivas: Revocación retroactiva de preferencias arancelarias con apertura de sumarios infraccionales aduaneros e imposición de multas tanto al importador como al emisor de la prueba.
Obligación de rectificación espontánea: Si el exportador advierte a posteriori cualquier error que altere la calificación de origen, el ROM lo obliga a notificar de inmediato por escrito al comprador y a la autoridad aduanera competente para aminorar consecuencias sancionatorias.
La Importancia de Reforzar el Compliance Aduanero con IB Agency
La autocertificación es una herramienta de competitividad formidable, pero solo si se sustenta en un sistema robusto de control preventivo. En IB Agency, acompañamos a las empresas a transformar la simplificación regulatoria en una ventaja estratégica segura mediante servicios especializados de consultoría aduanera:
Auditoría y Certificación Preventiva de Reglas de Origen: Evaluamos las fórmulas de integración de insumos importados y locales, corroborando que cada producto califique fehacientemente bajo la normativa del ROM y ACE 18 antes de generar la declaración.
Diseño e Implementación de Procedimientos Operativos (SOP): Estandarizamos circuitos internos entre las áreas de Compras, Producción y Comercio Exterior para alertar de inmediato sobre variaciones de costos o cambios de proveedores que puedan alterar el origen de la mercadería.
Estructuración del Legajo Digital Probatorio: Asesoramos en la conformación de archivos respaldatorios inalterables y auditables, garantizando una respuesta inmediata ante requerimientos o verificaciones de las autoridades de control.
Protocolo de Reemplazo Urgente de Pruebas Observadas: Diseñamos planes de contingencia para resolver observaciones aduaneras dentro de la ventana crítica de 30 días, evitando la caída de aranceles preferenciales.
Estrategia Mixta y Gestión de Riesgo: Determinamos en qué líneas de producto o envíos conviene aprovechar la agilidad de la autocertificación y en cuáles resulta prudente mantener el esquema tradicional de cámaras para proteger la relación comercial con el comprador.
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